¿TE QUIERES VOLVER A CASAR POR LA IGLESIA?
Es la invalidación de un matrimonio porque en su celebración han existido o se han producido vicios o defectos esenciales que impiden que el mismo pueda surtir efectos.
La nulidad matrimonial supone que el matrimonio no ha existido y no puede surtir efectos.
Es un procedimiento judicial que se entabla ante las autoridades eclesiásticas para solicitar que se declare nulo el matrimonio contraído entre dos personas porque, una de ellas o ambas, se encuentran dentro de una de las causas que hacen que dicha unión sea nula.