Nulidad eclesiástica

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Nulidad eclesiástica

Es la invalidación de un matrimonio porque en su celebración han existido o se han producido vicios o defectos esenciales que impiden que el mismo pueda surtir efectos.

La nulidad matrimonial supone que el matrimonio no ha existido y no puede surtir efectos.

Es un procedimiento judicial que se entabla ante las autoridades eclesiásticas para solicitar que se declare nulo el matrimonio contraído entre dos personas porque, una de ellas o ambas, se encuentran dentro de una de las causas que hacen que dicha unión sea nula.

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